El Gobierno catalán ha aprobado un
decreto ley para que no se pueda cortar la luz ni el gas desde noviembre
hasta marzo a las personas y familias en situación de vulnerabilidad
económica y entrará en vigor el 1 de enero.
Según el texto, se podrán beneficiar
quienes forman parte de una unidad familiar con un nivel de ingresos
igual o inferior al indicador de la Renta de Suficiencia -a la cual hay
que añadir un 30% a partir del tercer miembro-, que no puedan reducir su
consumo de bienes e inmuebles, y que acrediten tener contratados los
suministros energéticos en la modalidad de tarifas sociales.
Los afectados, una vez reciban el aviso
de interrupción del suministro eléctrico o de gas, tendrán que presentar
en el máximo de diez días un informe de los servicios sociales básicos
que acredite el cumplimiento de estos requisitos.
En el momento en que se acredite la
situación de los afectados, las empresas suministradoras suspenderán el
proceso de interrupción de sus servicios energéticos entre los citados
meses, y las deudas que se acumulen se pospondrán en las condiciones que
acuerden los usuarios y las compañías, y se podrán pagar entre los
meses de abril y octubre siguientes.
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